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Europa exige a España igualdad real en el complemento de pensión por hijos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado que el complemento de pensión por hijos en España sigue discriminando a los hombres, incluso tras la reforma de 2021.

Pese a los cambios legislativos introducidos en 2021, el alto tribunal europeo considera que la normativa española sigue discriminando a los hombres y exige una reforma que garantice el acceso en condiciones de plena igualdad.

Europa exige a España igualdad real en el complemento de pensión por hijos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha vuelto a reprender a España por mantener un sistema de complemento de pensión por hijos que, según su criterio, continúa vulnerando el principio de igualdad entre hombres y mujeres.

La sentencia, emitida este jueves 15 de mayo, pone en evidencia que, aunque el actual modelo permite que tanto hombres como mujeres puedan solicitar este complemento por cada hijo, en la práctica existen trabas discriminatorias que afectan solo a los varones. Las madres acceden automáticamente al complemento. Por su parte, los padres deben acreditar que interrumpieron o afectaron su carrera profesional debido a la paternidad, un requisito no exigido a las mujeres.

El tribunal entiende que esta diferencia de trato infringe la Directiva 79/7/CEE del Consejo, relativa a la igualdad de trato en materia de seguridad social, al establecer criterios distintos en función del sexo. Según la resolución, “no puede justificarse que se imponga una carga probatoria específica al padre para acceder a un beneficio que la madre recibe sin condiciones”.

Una demanda con origen en Pamplona

Esta decisión europea nace de una cuestión prejudicial elevada por un juzgado de Pamplona. Todo surge ante la reclamación de un padre al que se le denegó el complemento. A raíz del caso, se abre la puerta a que miles de padres en situaciones similares puedan recurrir, reclamar compensaciones e incluso pedir una revisión de su pensión. El TJUE también señala que estos hombres tienen derecho a una indemnización si se vieron obligados a acudir a los tribunales para hacer valer sus derechos.

Europa exige a España igualdad real en el complemento de pensión por hijos

El complemento de pensión por hijos fue reformado en 2021 para ampliar su alcance y permitir que también los hombres pudieran solicitarlo. El objetivo declarado era reducir la brecha de género en las pensiones, especialmente pronunciada en las mujeres con hijos. No obstante, la exigencia de pruebas específicas para los padres ha sido objeto de controversia desde entonces.

Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, han afirmado que estudiarán la sentencia con detenimiento y tomarán las medidas necesarias para adaptarse a la legalidad europea. Distintos colectivos de padres y asociaciones por la igualdad han celebrado la resolución como un paso decisivo hacia la justicia social y la corresponsabilidad efectiva.

Claves de la sentencia del TJUE sobre el complemento de pensión por hijos

  1. Discriminación por razón de sexo.
    El TJUE considera que la normativa española vulnera la Directiva 79/7/CEE al imponer a los hombres requisitos adicionales. Estos requisitos no se exigen a las mujeres para acceder al complemento de pensión por hijos.
  2. Requisitos desiguales.
    Mientras que las mujeres acceden automáticamente al complemento por hijos, los hombres deben demostrar que su carrera profesional se vio afectada por la paternidad. Esta diferencia es calificada como discriminación directa.
  3. El cambio de 2021 es insuficiente.
    Aunque en 2021 se reformó la ley para incluir también a los hombres, el tribunal considera que no se alcanzó una igualdad real y efectiva.
  4. Indemnización para padres afectados.
    Los hombres que hayan tenido que acudir a la vía judicial para obtener este complemento pueden tener derecho a ser indemnizados, incluyendo los costes del proceso legal.
  5. Obligación de reforma legal.
    España deberá modificar su legislación para garantizar el acceso igualitario al complemento, sin requisitos discriminatorios.
  6. Origen de la sentencia.
    La sentencia responde a una cuestión prejudicial planteada por un juzgado de Pamplona, a raíz de la reclamación de un padre excluido del complemento.

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