El uso de dispositivos móviles y relojes inteligentes en los centros educativos gallegos: legislación, inclusión y protección de menores.
Artículo de Helena Iglesias Rodríguez.
Introducción
La presencia de teléfonos móviles, relojes inteligentes y otros dispositivos conectados a internet en la vida cotidiana de niños y adolescentes ha generado un intenso debate educativo y social. En Galicia, al igual que en otras comunidades autónomas, los centros educativos afrontan el reto de equilibrar las oportunidades pedagógicas de la tecnología con los riesgos derivados de su uso inadecuado: distracciones, ciberacoso, acceso prematuro a contenidos inapropiados, vulneración de la privacidad o dependencia digital.

En las etapas de Educación Infantil y Primaria, donde el desarrollo emocional, social y cognitivo todavía está en formación, esta cuestión adquiere especial relevancia. La regulación del uso de móviles y relojes inteligentes no puede limitarse únicamente a la prohibición o autorización, sino que debe abordarse desde una perspectiva educativa, preventiva e inclusiva, teniendo en cuenta además las necesidades del alumnado vulnerable, la protección de víctimas de violencia y el papel esencial de las familias.
Muchas veces como padres o incluso los docentes desconocemos a donde puede llegar el alcance, nos relajamos en actividades extraescolares o de ocio, donde el riesgo sigue siendo evidente.
Marco normativo en Galicia y en España
La regulación del uso de dispositivos móviles en centros educativos gallegos se encuentra vinculada tanto a la normativa estatal como a las instrucciones y protocolos autonómicos desarrollados por la Consellería de Educación.
En Galicia cabe aclarar que el uso de dispositivos móviles en los centros educativos se regula mediante la LOE , que ya establecía para los centros un Plan digital en el artículo 111 bis se menciona que “ Las Administraciones públicas velarán por el acceso de todos los estudiantes a los recursos digitales necesarios, para garantizar el ejercicio del derecho a la educación de todos los niños y niñas en igualdad de condiciones” y de forma más específica a través de la orden autonómica de 4 de enero de 2024 que establece el protocolo de uso sobre teléfonos móviles y dispositivos electrónicos. Hay otra legislación aplicable como puede ser la ley de protección de datos. Es importante recalcar que muchos padres desconocen y lo hacen, las grabaciones y fotografias, a través de relojes inteligentes que portan sus niños, que establece dicha norma que queda prohibido grabar las clases, hacer fotos o difundir imágenes o exámenes de profesores y compañeros sin autorización expresa.
Autonomía de los centros
La legislación educativa española reconocía la autonomía de los centros para establecer normas de convivencia y organización interna. En este contexto, muchos colegios gallegos ya incorporaban en sus reglamentos restricciones específicas sobre el uso de teléfonos móviles y dispositivos inteligentes durante la jornada escolar.
En Educación Infantil y Primaria, el criterio predominante es la limitación casi total del uso de dispositivos personales por parte del alumnado, salvo cuando exista una finalidad o una necesidad médica o educativa debidamente acreditada.
Los relojes inteligentes merecen una atención específica porque, aunque aparentemente inocuos, incorporan funciones de mensajería, grabación, geolocalización o acceso a internet. Estas capacidades pueden interferir en el clima educativo y generar problemas de privacidad, seguridad y convivencia.
La normativa de protección de datos, especialmente el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD), también resulta fundamental en el ámbito escolar. La grabación de imágenes, sonidos o conversaciones sin autorización puede constituir una vulneración grave de derechos fundamentales.
El interés superior del menor y la protección del entorno educativo
Cualquier regulación sobre dispositivos tecnológicos en la escuela debe basarse en el principio del interés superior del menor. La escuela no solo transmite conocimientos académicos, sino que protege espacios de socialización, atención y desarrollo emocional.
Diversos estudios educativos y sanitarios alertan de que el uso precoz y excesivo de pantallas puede afectar a aspectos como la capacidad de concentración, el rendimiento académico, la calidad del sueño, las habilidades sociales, la gestión emocional y a aspectos como la autoestima y la exposición a riesgos digitales.
En edades tempranas, la escuela representa además uno de los pocos espacios donde todavía es posible fomentar relaciones personales libres de la mediación constante de dispositivos electrónicos.
Cabe señalar también que en ocasiones los propios alumnos difunden imágenes en sus redes sociales como un divertimiento, sin ser conscientes del grave agravio que puede acarrear a sus iguales y que puede incluso ser motivo de delito ( Difusión de imágenes íntimas, lesivas,…)
Protección de víctimas de violencia de género y personas en situación de riesgo
Uno de los aspectos menos visibles pero más relevantes en relación con el uso de móviles y relojes inteligentes en centros educativos es la protección de víctimas de violencia de género, violencia vicaria y situaciones judiciales sensibles.
Alumnado víctima de violencia
Existen menores que se encuentran protegidos judicialmente por situaciones de violencia de género en el entorno familiar, órdenes de alejamiento, custodias conflictivas o procesos penales abiertos; cada vez es más habitual en los centros educativos. En estos casos, la difusión de imágenes, ubicaciones o información escolar puede suponer un grave riesgo para la seguridad del menor y de su familia.
Los dispositivos inteligentes con geolocalización activa pueden revelar rutinas, horarios, entradas y salidas del centro educativo o actividades extraescolares. Del mismo modo, la publicación de fotografías en redes sociales o grupos de mensajería puede exponer involuntariamente a menores protegidos, sin que en ocasiones seamos conscientes.
Por ello, los centros educativos deben extremar las medidas de confidencialidad y limitar la captación y difusión de imágenes cuando existan situaciones judiciales o medidas de protección. Aunque en ocasiones se hace una aplicación demasiado laxa por el desconocimiento de los riesgos que pueden conllevar.
Docentes víctimas de violencia de género o acoso
El profesorado también puede encontrarse en situaciones de especial vulnerabilidad. Existen docentes víctimas de violencia de género, amenazas, acoso o conflictos judiciales que requieren protección de identidad, privacidad y localización. Y que no tienen porque informar a los centros educativos, aunque en ocasiones pueden verse obligados por el uso de dispositivos por parte de los alumnos a los que atienden, y que se están vulnerando sus derechos a la intimidad y protección.
La grabación no autorizada de clases, conversaciones o imágenes del profesorado, así como su difusión en redes sociales o grupos digitales, puede generar riesgos personales y profesionales muy graves.
Los centros educativos deben garantizar protocolos de protección para evitar que los docentes tengan que exigir ciertas medidas y tener que revelar su situación personal para ello deberán garantizarse eses protocolos que en muchos centros no existen como puede ser la difusión de imágenes del personal docente, la geolocalización docente, la geolocalización indirecta, la exposición pública de rutinas laborales, el acoso digital o campañas de desprestigio.
La protección de la comunidad educativa no es únicamente una cuestión disciplinaria, sino también de seguridad y derechos fundamentales, así como proteger al docente y a los educandos que cuida y enseña.
Procesos judiciales y deber de confidencialidad
En ocasiones, determinados alumnos o familias están inmersos en procedimientos judiciales relacionados con temas tan diversos como violencia de género, custodias y patria potestad, protección de menores, acoso escolar, delitos tecnológicos o situaciones de tutela administrativa.
La difusión irresponsable de información mediante dispositivos móviles puede interferir en estos procedimientos y vulnerar derechos especialmente protegidos por la legislación española.
Por ello, los centros educativos deben actuar con máxima prudencia en grupos de mensajería escolar, promoción de sus actividades, publicación de fotografías o vídeos, uso de redes sociales, actividades abiertas al público ( y ahí explicar a los padres y tutores el deber de sigilo y que no se pueden publicar imágenes de menores sin autorización, así como cualquier otro dato que obtengan por ser padres de compañeros de estos niños) y la comunicación digital entre familias.
La protección de datos y el deber de reserva resultan esenciales para salvaguardar la integridad de menores y adultos afectados por situaciones judiciales complejas.
Alumnado altamente vulnerable
Las políticas sobre móviles y relojes inteligentes deben contemplar situaciones de especial vulnerabilidad. Existen alumnos para quienes determinados dispositivos pueden representar un riesgo añadido o una necesidad concreta.
Vulnerabilidad emocional y social
Algunos menores sufren situaciones de acoso escolar, ansiedad, aislamiento social o problemas de salud mental. El uso inadecuado de dispositivos puede amplificar estas circunstancias mediante difusión de imágenes o mensajes ofensivos, exclusión social en grupos de mensajería, exposición constante a conflictos digitales y dependencia emocional de la aprobación social.
En estos casos, los centros educativos deben reforzar la prevención y el acompañamiento emocional, garantizando espacios seguros y libres de violencia digital.
Vulnerabilidad socioeconómica
La presencia de dispositivos de alto valor económico puede generar desigualdades visibles entre el alumnado. La comparación constante puede afectar a la integración social y favorecer dinámicas de exclusión.
La escuela pública debe preservar un entorno de igualdad, evitando que la tecnología personal se convierta en un elemento de diferenciación social dentro del aula.
Protección frente a la sobreexposición digital
Muchos menores están expuestos desde edades muy tempranas a redes sociales y plataformas digitales para las que no poseen la madurez suficiente. La supervisión escolar y familiar resulta imprescindible para prevenir riesgos como Grooming, ciber acoso, sextorsión, acceso a contenidos violentos o inapropiados y a una adicción tecnológica.
El alumnado con necesidades educativas especiales
La regulación del uso de dispositivos no debe aplicarse de forma rígida ni uniforme. Algunos alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo pueden requerir herramientas tecnológicas como parte de sus adaptaciones.
Entre los casos más habituales destacan alumnado TEA, menores con diabetes u otras enfermedades que requieren monitorización, estudiantes con dificultades de comunicación, alumnado con discapacidad auditiva o visual, o niños con trastornos de aprendizaje y atención.
En estas situaciones, determinados relojes inteligentes, tablets o aplicaciones pueden facilitar la autonomía, la comunicación o el seguimiento sanitario.
Por ello, las restricciones deben contemplar excepciones justificadas, evaluadas conjuntamente por el centro educativo, las familias y, cuando proceda, los profesionales sanitarios o de orientación educativa.
La inclusión educativa exige combinar normas generales con medidas individualizadas que respeten los derechos y necesidades de cada menor.
El papel del profesorado
El profesorado ocupa una posición clave en la educación digital del alumnado. No basta con prohibir dispositivos; es necesario enseñar a utilizarlos de forma crítica, ética y responsable.
Los docentes deben promover competencias relacionadas con la ciudadanía digital, el protección de datos personales, el respeto en redes sociales, la verificación de la información, la prevención del ciberacoso y un uso equilibrado de la tecnología.
Al mismo tiempo, el profesorado necesita respaldo institucional y protocolos claros ante conflictos relacionados con grabaciones, difusión de contenidos o uso indebido de dispositivos dentro del aula.
También es importante proteger la autoridad pedagógica y la privacidad de los docentes frente a grabaciones no autorizadas o publicaciones en redes sociales realizadas por alumnos o familias.
La responsabilidad de las familias
Las familias son agentes fundamentales en la educación digital de los menores. La escuela no puede asumir en solitario la tarea de formar hábitos tecnológicos saludables.
Deber de educar en un uso responsable
Los padres y tutores deben enseñar progresivamente los límites de tiempo de la pantalla, normas de comunicación respetuosa, protección de la intimidad propia y ajena, uso adecuado de redes sociales y una gestión emocional frente al entorno digital.
Entregar un móvil o un reloj inteligente a un menor implica también asumir la responsabilidad de supervisar su utilización y de asumir como propios los delitos que puedan cometer estos aun no siendo conscientes, por lo que deberán velar por un uso adecuado y responsable.
El acompañamiento familiar resulta especialmente importante en Educación Infantil y Primaria, etapas en las que los menores todavía carecen de la madurez necesaria para gestionar plenamente los riesgos digitales.
El deber de sigilo y protección de la privacidad
Las familias también tienen un deber ético y jurídico de sigilo respecto a la información escolar y personal de otros menores y profesionales del centro, y en muchas ocasiones no lo cumplen. Lo que desconocen es que eso les puede llevar ante un juez a dar explicaciones e incluso que se le imponga una condena. El desconocimiento de una norma no exime de su incumplimiento.
No deben difundirse en grupos de mensajería o redes sociales, fotografías de otros alumnos sin consentimiento, dar números de teléfono o nombre de usuarios de redes sociales, conversaciones internas del centro, imágenes del profesorado, datos personales o sanitarios, información sobre procesos judiciales o medidas de protección, situaciones familiares sensibles, conflictos escolares que afecten a menores.
La exposición pública de situaciones escolares puede vulnerar derechos fundamentales de protección de datos y afectar gravemente a la convivencia educativa.
El uso responsable de la tecnología por parte de los adultos constituye además un ejemplo esencial para los niños.
Hacia una educación digital equilibrada
El debate sobre móviles y relojes inteligentes en la escuela no debe reducirse a una confrontación entre prohibición y permisividad. El verdadero objetivo educativo consiste en formar ciudadanos capaces de convivir con la tecnología de manera saludable, crítica y responsable.
En Educación Infantil y Primaria, la prioridad debe ser proteger el desarrollo integral del menor, favorecer la atención y la convivencia, y garantizar la igualdad de oportunidades. Para ello, las limitaciones al uso de dispositivos personales pueden resultar necesarias, especialmente durante la jornada lectiva.
Sin embargo, estas medidas deben ir acompañadas de que los centros educativos que suelen hacerlo enseñen competencias digitales, atención a la diversidad, protección al alumnado vulnerable, protección a víctimas de violencia de género, acoso,.. formación a las familias y protocolos claros de convivencia y privacidad.
La colaboración entre centros educativos, administraciones públicas y familias será determinante para construir un entorno digital seguro y equilibrado para la infancia.
Conclusión
La regulación del uso de dispositivos móviles y relojes inteligentes en los centros educativos gallegos representa un desafío complejo que afecta a la educación, la convivencia y la protección de la infancia, como en el resto de comunidades de nuestro país. En las etapas de Infantil y Primaria, la prudencia y la prevención deben guiar las decisiones organizativas de los centros y en muchas ocasiones un uso inocente aunque peligroso.
No obstante, cualquier normativa debe contemplar la diversidad del alumnado, especialmente las necesidades de menores vulnerables, víctimas de violencia o personas sometidas a medidas de protección judicial. Del mismo modo, resulta imprescindible reforzar la corresponsabilidad familiar y la educación en valores digitales.
La tecnología en la actualidad
La tecnología forma parte de la realidad actual, pero corresponde a la comunidad educativa y a las familias enseñar a utilizarla con responsabilidad, respeto y sentido crítico, garantizando siempre el bienestar, la seguridad y los derechos fundamentales de los menores y de todos los profesionales educativos.
Cabe destacar también como conclusión que no solo implica el ámbito educativo sino también a las extraescolares y cualquier tipo de actividad con menores, vivimos expuestos y es responsabilidad de todos cuidar, enseñar y proteger a los menores.
Puede ser que muchos padres que lo estén leyendo crean que es simplemente para que no se nos fiscalice a los docentes, personalmente después de vivir y sufrir por menores que están a nuestro cargo, puedo decir que es lo que menos importa, o por lo menos personalmente. Si haces bien tu trabajo y actúas bajo las normas establecidas no te importa que te graven, que saquen exámenes… Cuando ves a un menor sufriendo por un caso de acoso, violencia de género… y ves que se expone por un tercero no es que te preocupe, es que te llevas sus problemas a tu casa y a tu almohada.
Personalmente creo que el anteproyecto de Ley que esta por aprobar la Xunta de Galicia luego quedará obsoleto y que habrá que modificar, todo avanza demasiado rápido y los riesgos cada vez son mayores. Así que hagamos un uso responsable y enseñémoslo también a nuestros hijos.

